Reglamentos – IEPROES https://www.ieproes.edu.sv/en Wed, 12 Jun 2019 18:15:06 +0000 en-US hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.5.5 https://www.ieproes.edu.sv/wp-content/uploads/2019/05/cropped-LOGO-IEPROES-32x32.png Reglamentos – IEPROES https://www.ieproes.edu.sv/en 32 32 Lineamientos para la Ejecución del Servicio Social de los y las estudiantes Egresados de las Carreras que ofrece IEPROES https://www.ieproes.edu.sv/en/2019/06/04/lineamientos-para-la-ejecucion-del-servicio-social-de-los-y-las-estudiantes-egresados-de-las-carreras-que-ofrece-ieproes/ https://www.ieproes.edu.sv/en/2019/06/04/lineamientos-para-la-ejecucion-del-servicio-social-de-los-y-las-estudiantes-egresados-de-las-carreras-que-ofrece-ieproes/#respond Tue, 04 Jun 2019 18:14:48 +0000 http://www.ieproes.edu.sv/?p=6569 CONSEJO DIRECTIVO Y CONSEJO ACADEMICO
Acta de aprobación del Consejo Directivo No. 511, de fecha 16 de octubre de 2013.
Acta de aprobación del Consejo Directivo No. 511, de fecha 16 de octubre de 2013.

SAN SALVADOR, EL SALVADOR, 2013

INTRODUCCION

El presente documento contiene los lineamientos generales para el monitoreo y supervisión de las actividades desarrolladas por el personal académico a los estudiantes que efectúan el servicio social ya sean estas las hora sociales reglamentada por El MINED y/o el servicio social que establece el Consejo Superior de Salud Publica para las carreas del área de la salud en ambas modalidades de servicio social esto constituye un requisito legal para optar al título de la carrera que cursa.

A demás estos lineamientos tienen por objeto Informar de manera clara y oportuna a los y las estudiante sobre las normativas y procesos a los que deben responder de manera eficaz  durante el desarrollo de su servicio social que efectúan en los establecimientos de las redes integrales de salud, hospitales u otras dependencias que han sido seleccionadas y autorizadas para tal fin. Por lo que es indispensable que el personal académico que desempeña la función de coordinadores y supervisores del servicio social conozcan y divulguen los  lineamientos a los involucrados a fin de contribuir al desarrollo óptimo y alcance de objetivos para la consolidación del crecimiento profesional de los egresados.

DESCRIPCION

El Servicio Social es un proceso que permite la integración teórico practico de los conocimientos adquiridos durante la formación académica de los y las estudiantes egresados de las carreras que ofrece la institución con el propósito de consolidar habilidades y destrezas, fortalecer aptitudes y actitudes que son competencia genérica, dándole el carácter competitivo al nuevo profesional.

De esta manera al incluirse a la  provisión de servicios integrados e integrales de salud, la persona, la familia y la comunidad que brindan las redes de salud Hospitalarias, las USCF y las USCFE del Ministerio de Salud,  permitirán al pasante estar o entrar en contacto directo con las personas y observar de primera fuente las necesidades de salud actuales y las emergentes, como producto todo el ecosistema social, biológico, psicológico y político que le rodea.

Este hecho les permitiría a las jóvenes utilizar y crear los mecanismos de adaptación para el óptimo desempeño de su rol como profesionales de la enfermería y/o salud ambiental.

El Instituto diseña los programas de supervisión y monitoreo del desempeño  de los y las estudiantes en servicio social para que durante las visitas de supervisión se pueda identificar  y observar las fortalezas y debilidades y de esa forma ser contempladas en el plan de mejora mediante un programa de educación continua dirigido a retroalimentar los conocimientos teórico práctico que le facilite alcanzar objetivos en su desarrollo profesional y lograr el mayor aprovechamiento al efectuar el Servicio Social y obtener las experiencias de aprendizaje adicional que sella su formación académica par el ejercicio profesional futuro que garantice a la población una atención en salud segura, cálida y libre de riesgos.

Objectives

GENERALES

  • Establecer los lineamientos que sirvan de guía a los y las estudiantes egresados de las diferentes carreras que son administradas por IEPROES y que iniciaran su servicio social.
  • Determinar los procedimientos académicos y administrativos que deberán ser atendidos por los y las estudiantes durante su periodo de servicio social.

ESPECIFICOS

  • Proporcionar al egresado una orientación oportuna, clara e integral sobre los procesos a realizar durante su periodo de egreso.
  • Identificar las necesidades de educación continua para fortalecer los procesos de formación durante el servicio social.
  • Facilitar a los estudiantes en servicio social la superación de debilidades identificadas, mediante un programa de desarrollo personalizado, por medio de las visitas de monitoreo y supervisión.
  • Desarrollar un programa de supervisiones con agendas pre establecidas que garanticen la orientación de los egresados durante el servicio social.

LINEAMIENTOS  PARA EL DESARROLLO DEL SERVICIO SOCIAL

  1. Consideraciones generales del Servicio Social de los y las Estudiantes egresados de las Carreras de Técnico y Tecnólogo en Enfermería
  1. Para realizar El Servicio Social, el o la estudiante debe tener calidad de Egresado (Según lo establece el Reglamento de Egresados)
  • El o la estudiante para cumplir con su Servicio Social deberá someterse a Prueba Objetiva realizada por el Ministerio de Salud.
  • El o la estudiante que no obtenga la nota mínima de 6.00 (Seis punto cero) en su prueba objetiva de igual forma realizara su Servicio Social con la obligación de efectuar el programa de reforzamiento desarrollado por IEPROES durante todo el tiempo que dure su Servicio Social
  • Para realizar El servicio social se tomara en cuenta los acuerdos, normas, reglamentos establecidos por IEPROES y las disposiciones generales que determine El Ministerio de Salud  y la Ley de Educación Superior.
  • El o la estudiante actualizará su domicilio en la Administración Académica regional respectiva.
  • La Dirección Regional enviara la nómina de estudiantes aptos para que se autorice  realizar el Servicio Social en el MINSAL.
  • El MINSAL distribuye y envía a cada regional de salud la nomina de los y las estudiantes que se presentaran a iniciar su Servicio Social el Primer día hábil de Enero y Julio de cada año.
  • El estudiante debe presentarse a reunión general en el MINSAL donde se le informa del establecimiento en el que realizará el Servicio Social.
  • El o la estudiante realizará seis meses de Servicio social o un año, según el caso. Como se establece en la normativa para el desarrollo del servicio social del Ministerio de Salud, año 2011.
  1. El o la estudiante asistirá a la orientación general para el Servicio Social programada por el Consejo Superior de Salud Pública, a través de la Junta de Vigilancia de la Profesión de Enfermería donde le entregaran el número de Junta de Vigilancia de la Profesión de Enfermería.
  1.  El o la estudiante se presentará a la Administración Académica de IEPROES para informar el lugar que le fue asignado para la realización de su Servicio Social.
  1.  El o la estudiante solicitará a la Administración Académica el calendario de reuniones y capacitaciones programadas cada mes durante los 6 meses de su Servicio Social para gestionar el permiso oficial en el establecimiento de salud donde lo realizará ya que deberá presentarse de manera obligatoria a ellas.
  • Actividades de seguimiento de los Estudiantes en Servicio Social
  1. El Instituto asignara personal docente para el seguimiento de estudiantes en Servicio Social para lo cual hará coordinación con los establecimientos de salud donde existan estudiantes  a fin de darle seguimiento respectivo.
  • Durante su Servicio Social, el o la estudiante asistirá a reuniones programadas por la institución formadora en las que su asistencia es de carácter obligatorio, y se presentarán con el uniforme completo establecido por la institución donde presta su servicio.
  • En las  reuniones de Servicio Social habrá control de asistencia y se abordaran aspectos relacionados con:
  • Diagnóstico para la detección de necesidades educativas.
  • Condiciones actuales del estudiante  en términos de formación y alcance de objetivos y disciplina.
  • Aspectos relacionados con el Trabajo de Grado y trámites para el proceso de graduación.
  • Se desarrollará un programa de educación continua con temas de actualidad e interés para ellos, con base al diagnóstico de necesidades educativas que se realiza al inicio del Servicio Social para fortalecer el proceso Enseñanza-Aprendizaje.
  • El o la estudiante recibirá supervisión directa e indirecta de la Supervisora del Servicio Social quien efectuará visitas programadas en coordinación con el establecimiento de salud.
  • Entregar oportunamente la evaluación a la institución para su seguimiento oportuno.
  • Deberes y responsabilidades del estudiante en Servicio Social
  1. Los y las estudiantes del Instituto en calidad de egresados que se encuentran realizando el Servicio Social están sujetos al reglamento de éste y al mismo tiempo debe cumplir las normas y reglamento establecido por el MINSAL.
  • Es necesario que el o la estudiante en Servicio Social fortalezca su formación a través de la autodidaxia, autogestión e investigación.
  • Toda situación que se le presente a el o la estudiantes y que considere delicada, deberá comunicarlo a su jefe inmediato y a la institución formadora, a través de docentes, supervisoras de servicio social asignadas por la institución.
  • Es obligación de los estudiantes en Servicio Social, conocer el área geográfica de influencia del establecimiento donde realiza su Servicio Social, así también la población por grupos etáreos.
  • Es obligación de los estudiantes en Servicio Social conocer las jefaturas de los distintos niveles de atención: Local, Regional y Central, además conocer y aplicar los modelos de atención en salud vigentes.
  • Conducirse con respeto y ética durante su desempeño profesional.
  • Proporcionar una atención  integral de calidad y con calidez al usuario que lo demande.
  • Sobre las Evaluaciones del Servicio Social
  1. La Supervisora Local y/o jefe de enfermeras del establecimiento de salud donde los y las estudiantes se encuentran efectuando El servicio social evaluaran al estudiante cada tres meses.
  • El Instituto hará las coordinaciones necesarias para la entrega de las evaluaciones realizadas a los y las estudiantes en servicio social al final de cada trimestre con los departamentos de los Hospitales y SIBASI de la Región.
  • Las evaluaciones serán revisadas y analizadas en la institución formadora, tomando en cuenta su información.
  • El instituto, a través de la Supervisión del Servicio Social, en apoyo a sus egresados, realizará un plan de seguimiento a partir de informes de desempeño y resultados de evaluaciones con el fin de retroalimentar conocimientos teórico-prácticos.
  • Si el o la estudiante reprueban el Servicio Social, tendrá que repetirlo, sometiéndose a todo el proceso.
  • El o la estudiante dentro de los quince días hábiles después de finalizado su Servicio Social, deberá presentar a la Administración Académica su carta de finalización del mismo, extendida por el Ministerio de Salud y la última evaluación.
  • Consideraciones generales para realizar Horas Sociales de los y las Estudiantes egresados de la Carrera de Técnico en Salud Ambiental.
  1. Para realizar las Horas Sociales, el estudiante debe tener calidad de Egresado (haber finalizado su plan de estudios y aprobar pruebas de egreso).
  • El o la estudiante realizará 200 horas del servicio social.
  • El o la estudiante actualizará su dirección a fin de considerarla para asignarle el lugar donde realizará sus horas sociales.
  • La institución formadora coordinará con la Región de Salud el lugar donde los y las estudiantes realizarán sus horas de servicio social.
  • Las horas del servicio social serán realizadas en los establecimientos que asigne la Región de Salud.
  • Los estudiantes se presentarán a iniciar su servicio social en el tiempo asignado.
  • Cumplido su servicio social, el o la estudiante solicitará a la Región de  Salud donde efectuó el servicio social, la Carta de Finalización  y la presentará a la Administración Académica regional.
  • Simultáneamente a la realización de las horas sociales todo estudiante debe  iniciar su proceso de graduación ante la Administración Académica Regional atendiendo los requisitos para dicho proceso.
  • El presente documento entrará en vigencia el día siguiente de su actualización. Aprobado por el Consejo Directivo el día 16 de octubre del año 2013, según acta No. 511.
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REGLAMENTO DISCIPLINARIO DE LOS ESTUDIANTES https://www.ieproes.edu.sv/en/2019/06/04/reglamento-disciplinario-de-los-estudiantes/ https://www.ieproes.edu.sv/en/2019/06/04/reglamento-disciplinario-de-los-estudiantes/#respond Tue, 04 Jun 2019 18:09:52 +0000 http://www.ieproes.edu.sv/?p=6565 SEPTEMBER 2016

THE ACADEMIC COUNCIL OF IEPROES ON THE BASIS OF ABOVE AND

WHEREAS:

  1. That the statutes of the institution are the legal bases that rule all the actions developed by the IEPROES.
  2. It is necessary to create the tools to achieve the objectives of the institution with a comprehensive, with solid ethical principles and moral established in Art. 5 of the statutes
  3. In article 6 of the statutes has as one of its purposes to achieve

     the comprehensive development in its dimensions spiritual, moral and social

 THEREFORE:

In the exercise of the powers conferred on it the Art. 25, literal “a” of the Law of Higher Education, and Art. 12 literal “b” of the Statutes, the Academic Council issued this Disciplinary Regulations.

CHAPTER I

OBJECT, RIGHTS, DUTIES

AND PROHIBITIONS OF THE STUDENTS

Art 1. This chapter aims to determine the enjoyment of the rights, duties and prohibitions of the students.

The ignorance of this regulation does not relieve the student of responsibility for the offence committed, due to that a copy is provided when you enrolled.

RIGHTS OF STUDENTS

Art.2. Students have the right to:

  1. Be respected in its entirety, dignity, ethical beliefs, religious, ideological or policy without any discrimination and receive integral education of quality to ensure the full development professional.
  2. Actively participate in the process teaching and learning: getting the professional advice and an assessment of their performance in the school with objective criteria of the part of teachers and coordinators of career, providing suggestions and comments for the betterment of their own training and being able to to request review of your assessment when you consider that it is not correct, according to the established procedure. 
  1. Access to education without limiting economic, through the support offered by the Institution for obtaining scholarships, by a specific unit for obtaining scholarships.
  2. A defense, when the accused in a lack and not be punished without prove of your liability.
  3. Part policies and student associations of former students, to collaborate through them, in the development of the activities of the institution: academic, cultural, sports, social, among others.
  4. Receive medical and psychological care as needed or requested in the clinic of the institution, and part of the Unit Psychology institutional.
  5. Meet your nutritional needs, establishing fifteen minutes, either by the morning or afternoon to take your snack (during practice) and forty-five minutes for lunch, according to the timetable established by the teacher and student availability.  
  6. Know their rights and be heard when they expose their complaints to the authorities, when these are struck.

DUTIES OF STUDENTS

Art. 3. Students have the duty to:

  1.  Know and comply with the provisions of in the Regulations of IEPROES, thus creating an atmosphere of harmony and respect to the whole of the educational community.
  • Adhere to the disciplinary standards laid down by the institution and its teaching, among which are:
  • Be submitted to the institution, and the establishments of practice duly sworn (The complete uniform includes: uniform, professional, shoes, regulatory, case, full, watch with a second hand, bonnet with its distinctive, identification plate and monogram and identification badge institutional); which should be used in order and clean, abstaining from the use of jewellery, and getting used to cleaning body, nails short, clean and free of nail, the arrangement of the hair: women short hair or tied and men with short hair. For women makeup discrete, for men shaving beard and mustache.
  • Vigilant careful for the infrastructure, equipment and materials educational posts for their services in the process of learning, whether in the institution or health facilities, returning in good condition not they are expendable, respecting the belongings of the members of the educational community and to replace any equipment that has been damaged from improper handling, in the learning activities.
  • Assist with the responsibility to classes theoretical and practical in accordance with the schedule, appearing 10 minutes before the set time remaining in their place of learning during school hours (classroom, field, clinical, etc) and submit the duly justified in case of absences.
  • To efficiently perform the activities inherent to their responsibilities as students
  • Respect the human dignity of all members of the community educational: to treat with due respect to their authorities, teachers and trainers in the classroom, laboratory, and in practice, to maintain good relations interpersonal relationships, develop professionally with honesty, trustworthiness and integrity, contribute to the development of an environment harmonious and solidarity within the educational community, avoiding damage verbal or physical, to avoid the use of offensive words and dismissive attitudes towards others and cooperate with their peers when necessary.
  • Save the proper reserve and discretion in matters related to the patients placed in her care and the institutions in which they play during the process of learning.
  • To provide effective care and risk-free to the individual, family and community, in their process of learning.
  • Respect the values and beliefs of all the people with whom you related.
  • Show interest in their training and emotional stability.
  • Show initiatives in their various performances.
  • To report abnormalities observed in the institution or in the fields of practice teachers and authorities of the institution.
  • Respect and/or address lines authority established for the resolution of problems, and others.

PROHIBITIONS FOR STUDENTS

Art. 4. Are prohibitions for the students:

  1. Neglecting the compliance of the activities that are assigned to it.
  2. Absent from the Institute or of the clinical practice scheduled without prior authorization, or to withdraw from the establishment or practice hall without having complete activities assigned, without due permission from the authorities respective.
  3. Receive visits or be accompanied by family or friends during hours of your performance as a student.
  4. Establish loving relationships with patients or staff of the institution,
  5. Request prescriptions and medical practitioners, for personal use.
  6. Steal the equipment, materials, or drugs in the institutions where it perform the practice or institution of learning.
  7. Soliciting or accepting rewards or financial contributions as compensation for services rendered in the performance of their clinical practice or activities of any nature.
  8. Political lobbying or ideological in places of learning.
  9. Be in the form unseemly or under the influence of intoxicating liquors or drugs, in public, any massive communication media or in the institution itself, in addition to not consume none of these within the institution and its surroundings.
  10. To utter or pronounce insults to their superiors and peers.
  11. Disclose proprietary information of the institution in which it is forming.
  12. Stay in the clinical field days and non-business hours without prior written consent, make and receive calls phone in class time and practice,
  13. To provide confidential information to some means of mass communication the institution or condition of the patients of a health center.
  1. Take photo of patients without the due authorization,
  2. Keep on the phone in hours class and clinical practice
  3. Eating food within classrooms classroom and during clinical practice or which are intended for patients or employees of the establishment of health.

CHAPTER II

OF LATE ARRIVALS AND ABSENCES

Art. 5. Aspects related with the arrivals late and absences:

  1. It will allow him (the) student three late arrivals in the same month of the calendar, with valid reason and proof.
  • The first absence or fourth lateness will result in a written interview, a record will be made in the personal file, and written work on Nursing responsibility will be assigned.
  • When late arrivals and absences accumulate and exceed the authorized percentage, Art. 21 of the evaluation regulations will be applied.

CHAPTER III

DISABILITIES

Art. 6. Aspects related to the license or disability:

  1. The students will enjoy and medical leave for childbirth or caesarean section, and other pathologies, as the case may be, and will integrate their studies pre-assessments deferred, will continue with their studies according to the schedule Management Academic, who resolved by applying the rules of assessment.
  • Maternity or other leaves of absence shall be submitted to the Academic Administration or the guiding teacher within the first three days after they are issued.

CHAPTER IV

RATING OF THE OFFENSES AND PENALTIES

Art 7The purpose of the qualification of misconduct is to determine the conduct of students that constitute infractions, to establish sanctions and to regulate the disciplinary procedure.

Art.8. The faults are qualified in:

  1. Minor fault
  2. Serious fault
  3. Very serious fault

Art.9. Are minor faults:

  1. Not be present 10 minutes before the scheduled hours of classes theoretical and clinical practices.
  2. Run poorly all activity assigned,
  3. Demonstrate little interest in the teaching-learning process,
  4. Demonstrate poor interpersonal relationships and professional
  5. Lack of honesty, trustworthiness and integrity,
  6. Use long nails, use nail Polish,
  1. Keep power on the cell phone in classroom, laboratory, and clinical practice.
  2. Ask for personal use prescriptions from doctors and practitioners,
  3. Do not give co-operation to its peers when necessary,
  4. No to wear the uniform in accordance to the rules of procedure.

Art.10. Are serious faults:

  1. Incur the same misdemeanour by the third time,
  2. Missing without proper authorization to lectures and clinical practice scheduled.
  3. Cheating in exams, or papers that are included in your evaluation summative when outside for the first time,
  4. Make improper use of the infrastructure of the institution and the fields of clinical practice,
  5. To disrespect the human dignity of all members of the community educational,
  6. Interfere with the development of a harmonious atmosphere and solidarity within the educational community,
  7. Disrespect to the authorities, teachers and instructors in the classroom, laboratory and in practice,
  8. Use in a negligent manner of equipment and materials placed at his service in the process of learning, and returned in a poor state which are not expendable,
  9. Steal the belongings of the members of the educational community.
  10. Be filed with the incomplete uniform.
  11. The use of offensive words, attitudes derogatory towards others,
  12. Make proselytism political or ideological in places of learning,
  13. Appear in the form unseemly or under effects of alcohol or illicit drug in public, and in any medium massive communication
  14. Receive visits or be accompanied by family or friends during the hours of your performance as a student.
  15. Stay in the clinical field days and non-business hours without prior written consent,

Art.11. Are fouls very serious:

  1. Cheating on examinations, or jobs that are included in your summative assessment in a repetitive way and in work degree,
  2. Possession of or make use of any firearms or sharps within the premises of the institute,
  3. Encourage you to participate in any disorder within the institute, which hamper the normal development of the academic activity,
  4. Establish loving relationships with patients or staff of the institution,
  5. Steal the equipment, materials, or drugs in the institutions where it perform the practice or institution of learning.
  6. Soliciting or accepting rewards or financial contributions as compensation for services rendered in the performance of their clinical practice or activities of any nature.
  7. To provide confidential information to any mass - communication about the institution or condition of the patients of a health center.
  8. Take photo of patients without the due authorization,
  1. Disclose information specific to the institution where it is forming,
  2. Absence 50% or more to their clinical practice,
  3. Incur criminal offences, in which he is condemned,
  4. Falsedad ideological or material title of Br. PAES, official documents,and use of,
  5. Be involved in pornographic practices,
  6. Acts that compromise the prestige of IEPROES.

SANCTIONS.

Art.12.The sanctions will be in accordance with the gravity of the offence committed, have a character education and also contribute to the process of formation of the student

Art.13. The disciplinary punishments applicable to the minor

The first time will be verbal reprimand and forfeiture of the cell, if that was the case, as a mechanism of a preventive nature, the second time will be written reprimand this being a wake-up call with a copy to the student's record and if you repeat it for the third time will be graded as serious misconduct

Art.14. The disciplinary sanctions applicable to faults gravesson:

  1. Opening file information where there is written evidence of his or her action or omission,
  2. Compensate the damage and apply three days of absence, which will not exempt from present papers that are part of your learning process. The absence is temporary in academic activities, it will include the exclusion written proof if it were the case,
  3. Cancellation the work or of the written test with a minimum score of one (1),
  4. If reincidiera was applied 5 days of absence that does not relieve you of submit entries that are part of your learning process and also will be assigned an essay that relates to your learning,
  5. Three serious faults on the same situation it will become a very serious fault.

Art. 15. The disciplinary sanctions applicable to the faults very serious

  1. Opening docket informative, in that it is aware of the infringement and replacement what subtracted if that is the case, more than ten days of absence, being able to get until absence of a definitive
  1. Cancellation of the matter, when the offense out repeated
  1. In the case of absence, partial, will be assigned to develop an essay and should in addition to complying with the assignments in different subjects.
  1. Tuition conditional where it is applied to the fulfilment of conditions, according to the infringement
  1. In the case of criminal offences, the absence will be up to his dismissal, and if you are convicted, you will be expulsion.
  1. Replacement of clinical practice in an untimely with your payment.

CHAPTER V

OF THE BODIES AND OFFICIALS COMPETENT

Art.16.Agencies and officials competent for the application of the this regulation is the Director Director-General, head of the headquarters or regional, manager, academic, the coordinator of the race, a teacher guide and the technical council

Art.17.The Technical Board, will knowledge of the Director General infringement and hear your opinion.

CHAPTER VI

PROCEDURE

Art.18. The disciplinary process can be started ex officio is to say, by self-knowledge of the authorities and the competent body shall, by notice orally or in writing of any person

Art.19. They may not know of the process, the authorities in any way find involved in the lack.

Art.20. To have knowledge of the misconduct, the or the coordinator of career, citara and hear or responsible, it shall apply the penalty corresponding to the minor.

Art.21. In the case of serious offences, and very serious, get to know the Technical Council,quienremitirá alfiscal the case, for do the research, this will inform the or the infringement for which the term of three days to exercise its the right to defense, completed the research, with its own opinion legal expiration of the term of three days, the prosecutor will take you back to the Council Technical support for issue resolution, which will be released to the Director General, for your approval

Art. 22.resolutions for serious misconduct or very serious are final.

CHAPTER VII

Art. 23. All matters not provided for in this Regulation, will be decided by the Council Management of the institution, at the proposal of the Address of the headquarters or Regional Centres.

Art. 24. The this regulation shall enter into force on the day following its approval and registration by the Ministry of Education and will be released to the community education through the academic catalog, website, and other means of communication.

Art. 25. Repeal the above regulation, registered in the Ministry of Education in date 23 January 2008, under the number 16, page 251, volume 1, the Book of Registration of Internal Regulations, according to Art. 43 of the Education Act Top.

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Reglamento de Evaluación https://www.ieproes.edu.sv/en/2019/06/04/reglamento-de-evaluacion/ https://www.ieproes.edu.sv/en/2019/06/04/reglamento-de-evaluacion/#respond Tue, 04 Jun 2019 17:59:44 +0000 http://www.ieproes.edu.sv/?p=6559 SAN SALVADOR, SEPTIEMBRE 2016

EL CONSEJO DIRECTIVO DE IEPROES

WHEREAS:

  1. Que los Estatutos del Instituto Especializado de Profesionales de la Salud, son la base jurídica que sustentan el funcionamiento del mismo.
  1. Que es necesario regular el proceso de evaluación con instrumentos y lineamientos que contribuyan a la mejora continua de los servicios educativos y de la calidad académica que ofrece IEPROES.
  1. Que el Artículo 70 de los Estatutos institucionales, establece que el Reglamento de Evaluación normará lo concerniente a pruebas, exámenes, evaluaciones y en general todo lo relacionado con los controles y rendimiento del proceso enseñanza – aprendizaje y la promoción de los estudiantes, de conformidad con lo que dispone la Ley de Educación Superior.
  2. Que con base a lo anterior de conformidad con el Art. 21 numeral dos de los Estatutos vigentes, y según el libro de acta de Asamblea General de la Corporación, Acta numero ciento doce de fecha veintiuno de octubre del año mil novecientos noventa y nueve, que le confiere la creación de los reglamentos del instituto.

POR TANTO:

En uso de las facultades y a propuesta del Consejo Académico, con fundamento a lo dispuesto en el literal “c” del  Art. 25 de la Ley de Educación Superior y el Art. 35 literal “i” de los Estatutos, y según el libro de Actas del Consejo Directivo. Acta Nº 421 de fecha nueve de mayo del 2011 se lee el punto: Revisión de Reglamentos de IEPROES para su actualización. El Consejo Directivo Acuerda aprobar la actualización del Reglamento de Evaluación.

Reglamento de EVALUACIÓN

CAPÍTULO I

OBJETO DEL REGLAMENTO

Art. 1.  El presente Reglamento tiene por objeto, normar el proceso de evaluación de enseñanza – aprendizaje sistemático y continúo de las distintas carreras de IEPROES.

CAPITULO II

NATURALEZA DE LA EVALUACIÓN

Art. 2. La evaluación tendrá como finalidad medir y valorar los aprendizajes alcanzados por las(os) estudiantes en términos de  conductas y comportamientos observables  o inferibles en lo que atañe a conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes  y valores.

En tal sentido la evaluación es el proceso sistemático y continúo que permite de manera cuantitativa y cualitativa conocer el grado de competencias adquirido por los estudiantes, para lo cuál se aplicaran tres tipos de evaluación: la diagnostica, la formativa y la sumativa.

Art. 3. La evaluación diagnóstica se realizará al inicio de todo proceso de enseñanza- aprendizaje y tendrá como finalidad recabar información para identificar potencialidades y limitaciones en el aprendiente, para que sirva de base para elaborar estrategias metodológicas que orienten mejoras para el desarrollo del proceso educativo.

Art. 4. La evaluación formativa será desarrollada durante todo el proceso de enseñanza – aprendizaje con el propósito de determinar el logro cualitativo de los objetivos propuestos en las asignaturas, permitiendo visualizar el avance en la formación integral del aprendiente y detectar problemas para reorientar su proceso educativo.

Art. 5. La evaluación sumativa será desarrollada en forma periódica en la teoría y la práctica de cada asignatura para determinar el logro de los objetivos educativos, cuantificar el rendimiento académico del estudiante y promoverlo al nivel inmediato superior.

Esta evaluación implica una valoración global por periodos para identificar logros, problemas y necesidades  de los estudiantes.

 Art. 6. El docente podrá utilizar diferentes técnicas e instrumentos de evaluación, considerando los objetivos, características y la ponderación de teoría y práctica que presentan las asignaturas; entre las cuales están:

  1. Pruebas escritas
  2. Exámenes
  3. Guías de trabajo
  4. Laboratorios
  5. Guías de observación conductual
  6. Trabajos de investigación bibliográfica y prácticos
  7. Informes y exposiciones
  8. Estudio de casos y simulación de situaciones
  9. Ensayos de proyectos de salud
  10. Coloquios y Conferencias
  11. Seminarios y Talleres
  12. Otros que la inteligencia educativa genere

Art. 7. Además de lo anterior, la evaluación académica tendrá como finalidad mejorar el desarrollo del proceso formativo, así como el perfil del profesional  de IEPROES, y el del docente, a fin de buscar la mejora continua de la calidad académica.

CAPITULO III

NORMAS DEL PROCESO DE EVALUACIÓN

Art. 8.  El docente se regirá por las normas descritas en éste Reglamento y para efectos administrativos consignará a través de calificaciones todas las actividades de evaluación realizadas en el proceso de enseñanza – aprendizaje, tomando en cuenta la asignación porcentual de teoría y práctica que presentan las asignaturas y la aplicación de las diferentes formas de evaluación.

Art. 9.  Es competencia de los diferentes actores del proceso educativo, conocer y aplicar el presente Reglamento de Evaluación:

  1. Planta docente
  2. Administradoras (es) Académicas
  3. Coordinadoras (es) de Carrera
  4. Directoras (es)
  5. Consejo Académico

Art. 10. La institución dará a conocer el Reglamento de Evaluación a los estudiantes por medio de los entes competentes que indica el artículo anterior, el catálogo institucional, panfletos y en la orientación inicial de cada ciclo y/o asignatura.

Art. 11. El docente reportará dos registros parciales en el ciclo que sumados valen el 60% de la nota del ciclo (30% cada uno) y una evaluación final que equivale al 40% de la nota del ciclo.

Art. 12. La ponderación de las actividades de evaluación en el ciclo académico se realizara considerando las tres áreas de formación de la carrera de acuerdo al siguiente detalle:

  1. Para las asignaturas del área básica, se asignará un 60% de evaluación para la teoría y un 40% para la práctica.
  1. Para las asignaturas del área básicas especiales, se evaluará de acuerdo a la distribución porcentual de horas teóricas y horas prácticas semanales que presentan dichas asignaturas.  y
  1. Para la evaluación del área especial de enfermería, se asignara un 40% a la evaluación teórica y un 60% para la práctica.

Art. 13. Para  la evaluación del área especial de enfermería, la evaluación teórica deberá ser aprobada con una nota mínima de 6.00 (24%). Al no obtenerse la nota mínima exigida la o el estudiante podrá realizar un examen de recuperación de acuerdo a lo dispuesto en el presente Reglamento.

Art. 14. La escala de calificación de las asignaturas será de 0.0 a 10.0 (cero punto cero a diez punto cero) y para aprobar una asignatura se requiere una nota mínima de 6.0 (seis punto cero).

El CUM exigido como requisito de graduación será igual ó mayor a 6.0 (seis punto cero).

CAPÍTULO IV

ASPECTOS DISCIPLINARIOS Y APLICACIÓN DE INSTRUMENTOS DEL PROCESO DE EVALUACIÓN

Art. 15. El docente, al inicio del ciclo  programará las actividades de evaluación que desarrollará en el mismo, estableciendo fecha para dichas evaluaciones considerando las diferentes formas de evaluación.

Art. 16. El docente con el visto bueno del Planeamiento anual otorgado por la Administración Académica, dará a conocer a los estudiantes la programación de las actividades evaluativas a realizar y la respectiva ponderación que cada actividad tendrá de la nota final.

Art. 17. Además de lo anterior la fecha para efectuarse las pruebas y demás actividades evaluativas serán comunicadas al estudiante, a través del calendario académico que entrega al inicio del ciclo la Administración Académica de Sede o centro Regional, el cuál podrá modificarse de acuerdo a las circunstancias especiales avaladas por Administración Académica. Dicho cambio deberá informarse al estudiante con por lo menos 8 días de anticipación.

Art. 18. La asistencia de los estudiantes a todas las actividades de evaluación es obligatoria, las cuales deberán programarse con una duración no inferior a una hora ni superior a dos horas, salvo en casos especiales como aquellos donde el contenido a ser examinado aconsejen más tiempo o la cantidad de estudiantes así lo requiera.

Art. 19. No podrá someterse a una prueba evaluativa el estudiante que se presente a la misma después que uno de los estudiantes haya abandonado el lugar donde se realiza dicha prueba.

Art. 20. Cuando el estudiante no se presente a cualquiera de las actividades evaluativas programadas, la justificación previa la hará al docente titular; quién evaluará las causales de la ausencia, para poder otorgar la realización de dicha actividad y gozará de un período de 5 días hábiles para realizar dicha prueba.

Art. 21. El estudiante que por cualquier motivo no se examinó en la fecha y hora programada podrá solicitar examen diferido previo visto bueno del docente, pago del arancel correspondiente y la justificación ante la Administración Académica Regional, considerándose justificación las siguientes:

  1. Por enfermedad o incapacidad certificada por el médico; del estudiante, sus padres, hijos y cónyuge.
  2. Por duelo, debido a fallecimiento de padres, hermanos, hijos y cónyuge del estudiante.
  3. Por motivo de trabajo debidamente comprobado.

Art.22. En caso que un estudiante no se presente a un examen diferido, podrá solicitarlo a la Administración Académica Regional, quién autorizará solo cuando exista una causa que justifique su inasistencia, y cancelará el doble de los aranceles.

Art. 23. El estudiante tendrá derecho a un examen de recuperación, debiendo obtener la nota mínima de 6.0

Art. 24. El estudiante que según controles del docente, tenga más del 15% de inasistencia injustificada, no tendrá derecho a someterse a evaluaciones finales y/o de recuperación.

CHAPTER V

REVISIÓN DE LAS PRUEBAS EVALUADAS

Art. 25. El docente entregará notas a los estudiantes y publicará a más tardar 3 días después de la realización de cada evaluación para conocimiento de los estudiantes.

Art. 26. Si un estudiante estima, no haber obtenido la nota reportada por el docente, deberá solicitar por escrito la revisión correspondiente a la Administración Académica.

Art. 27. La Administración Académica establecerá un plazo máximo de 8 días después de la realización de las actividades evaluadas para que el docente  entregue el cuadro de notas a la Administración Académica.

Art. 28. En ninguna calificación asignada a una prueba es admisible la influencia de la relación personal entre docente y estudiante. De comprobarse tal influencia sea a favor o en contra del estudiante el Consejo Técnico resolverá de acuerdo al reglamento respectivo.

Si la resolución fuese desfavorable al estudiante esté tendrá tres días hábiles para ejecutar el derecho de apelación ante la Administración Académica quien resolverá de acuerdo al Manual de Procedimientos Académicos.

Art. 29. Cuando el docente por razones especiales ya no labore con el Instituto y ha dejado inconcluso el proceso de evaluaciones y no ha reportado notas de las evaluaciones realizadas a la Administración Académica, el estudiante tendrá derecho a solicitar un examen de recuperación o presentar las pruebas de exámenes y la Administración Académica.

Art. 30. Las razones especiales a que se refiere el artículo anterior pueden ser:

  1. Fallecimiento del Docente.
  2. Despido del Docente.
  3. Retiro del Docente por viaje al extranjero.
  4. Renuncia irrevocable del Docente.

CHAPTER VI

DE LAS ACTIVIDADES DE PRÁCTICA CLÍNICA

Art.31. La Práctica Clínica es la actividad educativa de extensión de los aprendizajes, con el propósito de validar y consolidar los conocimientos teóricos y prácticos de la asignatura.

Art. 32. Para las evaluaciones de las asignaturas que contemplan Práctica Clínica, el estudiante deberá asistir el 85% como mínimo de las horas programadas.

Art. 33. La Práctica Clínica se evaluará en periodos comprendidos de dos semanas como mínimo y tres como máximo.

Art. 34. La nota de Práctica Clínica será el promedio de las evaluaciones obtenidas en los periodos establecidos.

Art. 35. Se dará por aprobada una Práctica Clínica si el estudiante obtiene como promedio una nota final de 6.0 (seis punto cero), aunque tenga reprobado un periodo de práctica; siempre que no sea el último.

Art. 36. El estudiante tiene oportunidad de repetir el ultimo periodo de Práctica Clínica reprobado, inmediatamente después de concluida la práctica.

Art. 37. Se dará por reprobada una Práctica Clínica cuando el promedio de las evaluaciones en los periodos establecidos sea menor de 6.0, sin embargo el estudiante tendrá derecho a realizar un periodo adicional de Práctica Clínica debiendo obtener una nota final igual ó mayor a 6.0 para aprobarla.

Art.38. Si el estudiante reprobara, aún después de repetir la Práctica Clínica podrá repetir las asignaturas en segunda o tercera matricula.

CHAPTER VII

ASIGNATURAS EN SEGUNDA Y TERCERA MATRICULA

Art. 39 Si el estudiante reprueba una asignatura en primera matrícula, podrá inscribirla en segunda; sin más tramites establecidos por el Reglamento de Administración Académica.

En caso de ser reprobada por segunda vez, el estudiante podrá solicitar ante el Consejo Académico la tercera matricula, debiendo cursar únicamente la asignatura inscrita en tercera matricula.

Art. 40. Si el estudiante con inscripción de tercera matrícula la reprobara, no tendrán oportunidad de continuar con su carrera, teniendo que cambiarse a otra especialidad o en todo caso retirarse de la Institución.

CAPITULO VIII

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 41. Para someterse a exámenes parciales es requisito indispensable para todos los estudiantes contar con las solvencias de Administración Financiera.

Art. 42. En caso que un estudiante no pueda someterse a exámenes parciales por encontrarse en mora con la Institución, podrá solicitar examen diferido dentro de los 8 días hábiles siguientes, siempre y cuando se encuentre solvente.

Art. 43. El estudiante que al finalizar el ciclo haya reprobado una o varias asignaturas, no podrá inscribir las asignaturas del siguiente ciclo que tengan como pre-requisito las asignaturas reprobadas.

Art. 44. Las evaluaciones solo podrán aplicarse a aquellos estudiantes que se encuentren legalmente inscritos en las asignaturas.

Art. 45. Las fechas del período ordinario y extraordinario para inscripción y retiro de asignaturas, se dará a conocer al estudiante en el calendario académico entregado al inicio de cada ciclo y se establece como periodo extraordinario de inscripción y retiro de asignaturas las primeras 4 semanas de trabajo del ciclo correspondiente.

Art. 46. La Administración Académica entregará a cada Docente en el menor tiempo posible la nómina de los estudiantes legalmente inscritos en cada asignatura, los cuales no podrán agregar ni suprimir nombres de dicha nómina.

Art. 47. Cualquier situación relacionada con la evaluación de estudiantes,  y no esté previstas en el presente Reglamento, deberán ser resueltas por el Consejo Académico de conformidad a las atribuciones y deberes que le confieren los estatutos de la Institución.

Art. 48. El presente Reglamento entrará en vigencia el día siguiente de su aprobación y registro por la Dirección Nacional de Educación Superior. Posterior a su registro, se dará a conocer a la comunidad educativa a través del catálogo académico, la página web y otros medios de comunicación.

Art. 49. Derogase el reglamento anterior registrado en el Ministerio de Educación en fecha 23 de enero de 2008, bajo el número 18 del folio 251, tomo 1, del Libro de Registro de Reglamentos Internos, según el Art. 43 de la Ley de Educación Superior.

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